
Las nuevas reglas tributarias para este año incluyen la emisión de un documento que pasa del papel a lo digital para amparar y regular, de manera más clara y específica, el traslado de mercancías en territorio nacional: la Carta Porte. Esto, según la Secretaría de Hacienda (SHCP), para disminuir el contrabando, evitar la evasión fiscal y tener trazabilidad de la mayor parte de los productos que ingresan y circulan por el país.
Sin embargo, este escrito, que sirve para incorporar al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de Traslado o de Ingresos, información de qué se lleva de un punto a otro, está levantando muchas dudas en cuanto a su aplicación, por lo que aquí hemos preparado una serie de puntos para explicar, de forma más sencilla, en qué consiste y cuáles son sus beneficios:
1.- ¿Quiénes deben emitirlo?
Este es un punto muy importante. Según las autoridades tributarias, todos los propietarios, poseedores o tenedores de mercancías o bienes que formen parte de sus activos, podrán acreditar su transporte mediante la Carta Porte, cuando se trasladen con sus propios medios. Además, esto incluye grúas de arrastre y vehículos de traslado de fondos y valores, en territorio nacional, por vía terrestre, férrea, marítima o aérea.
- Además, los intermediarios o agentes de transporte, que presten el servicio de logística, o tengan mandato para actuar por cuenta del cliente, deberán expedir este documento siempre que el transporte lo realicen por medios propios.
- Por su parte, las personas físicas o morales dedicadas al servicio de transporte terrestre de carga, que circulen por vía terrestre, férrea, marítima o aérea; así como los que presten el servicio de paquetería y mensajería; de grúas de arrastre y de grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos; así como de traslado de fondos y valores o materiales y residuos peligrosos, deben expedir un CFDI de tipo Ingreso Carta Porte.
2.- ¿Cuándo entró en vigor?
A partir del pasado primero de junio su uso fue opcional, sin embargo, fue hasta enero que se le dio el carácter obligatorio. A pesar de ello, los contribuyentes tienen hasta el 30 de septiembre, como período de transición, para emitir correctamente la factura electrónica con complemento Carta Porte, sin multas. Posterior a esa fecha, -ahora sí- podrán serán aplicables sanciones correspondientes, en caso de que el documento se emita erróneamente o con datos faltantes.
3.- ¿A qué tipo de bienes o mercancías aplica?
Aunque no se hace distinción de qué productos son obligadas a cumplir con este documento, es importante revisar el catálogo dado a conocer en el Portal SAT para confirmar los códigos de artículos o insumos aplicables.
4.- ¿Quiénes son responsables y pueden ser sancionados por la información incorrecta o incompleta?
Aquél personal que contrate el servicio de transporte de bienes o mercancías, así como quien lo preste, serán quienes respondan ante la autoridad cuando se detecte alguna irregularidad en los datos registrados en el Complemento Carta Porte.
5.- ¿La Carta Porte es solo para tránsitos nacionales o también para importación y exportación?
Este documento sirve -especialmente- para acreditar el transporte de las mercancías que se trasladen en territorio nacional, sin embargo la estructura técnica del documento solicita registrar, como campo requerido, si los productos ingresan o salen del país.
6.- ¿Cuál es la diferencia entre el CFDI de ingreso y de traslado?
El primer documento lo debe emitir el transportista que es contratado para realizar el traslado, que debe incluir el monto de la contraprestación; por otra parte, el otro escrito lo emite el propietario de las mercancías o el intermediario cuando realiza el traslado por sus propios medios. En este caso no se incluye el valor de la contraprestación por lo que el total es igual a cero.
Así, con la entrada en vigor del Complemento Carta Porte, comienza un nuevo reto para las empresas que utilizan el servicio propio de traslado de mercancías; sobre todo para las medianas, que requieren contar con la sistematización y automatización del proceso de registro de la información a partir del transporte que realizan con sus propias flotillas.
En Wecon entendemos esa necesidad; por ello, ajustamos nuestras soluciones a los requerimientos que el mercado demanda. Así con Route+, el software que permite tomar el control de las ventas en ruta, además de Seller, que mejora el control de los procesos de venta, es posible ingresar la información necesaria para cumplir con el llenado del Complemento de Carta Porte.
Con esta innovación, a través de una computadora de escritorio o un dispositivo móvil, es posible llenar el documento de traslado, hacer el timbrado de la unidad de transporte, ingresar los datos del operador, imprimir la documentación y más. Todo desde una plataforma sencilla y fácil de usar.
Acérquese a los expertos de Wecon y descubra cómo podemos ayudar, a su empresa y a usted, a cumplir con todos los requerimientos del Complemento de Carta Porte.
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