Cómo cumplir con la Facturación electrónica 4.0

febrero 14, 2022

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Este año, la factura electrónica evoluciona a una versión más robusta para optimizar -aún más- el trabajo que realiza el Sistema de Administración Tributario (SAT) de llevar un registro más preciso de los contribuyentes, (con sus datos y actividades), a fin de ampliar su capacidad de recaudación en el país. Por ello, a partir del pasado enero, entró en vigor el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) versión 4.0.

Esta nueva factura electrónica sustituye a la versión 3.3, vigente desde 2017; en ella, se incluye información de alta importancia como la identidad de los contribuyentes, a qué trabajo se dedican, el régimen al cual pertenecen, además de los impuestos que cubren. Sin embargo, el cambio más relevante es la obligatoriedad del nombre y el domicilio fiscal, tanto del emisor como del receptor de este documento.

A su vez, es importante comentar que, para el caso de los recibos de nómina, los empleados que los reciben deberán proporcionar a su patrón o empleador su RFC, nombre completo, así como el código postal de su domicilio fiscal registrado ante el SAT.

Aquí lo urgente es que esta misma dependencia marcó, para el próximo 30 de abril,  la fecha límite para el periodo de transición hacia este nuevo esquema; después de este día, todo el cumplimiento tributario deberá guiarse por este nuevo esquema.

Otros cambios con la Factura 4.0

De acuerdo con el SAT, este nuevo documento busca identificar al universo de contribuyentes; detectar comportamientos atípicos en los comprobantes fiscales; pero, principalmente, ayudar a las empresas (sobre todo las pymes) a eficientar sus procesos de registro contable, a través de la automatización de captura de información. Sin embargo, eso no es todo, ya que la misma dependencia ha publicado otras características como: 

  • Incorporación de campos para identificar las operaciones donde exista exportación de productos. 
  • Identificación sobre si las operaciones que se especifican en el CFDI son aplicables a gravámenes indirectos.
  • Nuevos apartados para dar a conocer información con respecto a operaciones en el mercado; o aquellas que se realizan a través de terceros. 
  • Obligatoriedad (por parte del cliente) de indicar su régimen fiscal en la factura emitida por su proveedor. 
  • Inclusión de periodicidad de CFDI en facturas globales .

Además, es importante mencionar que hacer de manera incorrecta la facturación o tener inconsistencias al emitir un comprobante 4.0, tiene varias repercusiones para quien lo emite o recibe. De hecho, en caso de detectarse, el SAT podría clausurar el negocio hasta por 15 días.

 

Sobre la cancelación de CFDIs 

A partir de este cambio anunciado por el SAT, también es necesario dar a conocer -por parte de los contribuyentes- el motivo de la cancelación de éstos comprobantes. Para ello, puede hacerse a través de dos formas, con aprobación o no del receptor.  

Las que no la requieren ocurren con operaciones pequeñas de hasta mil pesos, CDFI de nómina, público general o con instituciones financieras; por otra parte,  las que sí lo necesitan, tienen que notificar al receptor la solicitud de cancelación a través del buzón tributario, cuyo tiempo de respuesta será de tres días. Si pasado ese tiempo no se tiene resolución, se considera como conformidad. 

Así, tomando en cuenta todos estos cambios en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, es claro que vendrá un impacto en la dinámica de las empresas -de todos los tamaños y giros- que las obligará a adaptarse en el menor tiempo posible; afortunadamente, para esta condición, la tecnología se muestra como una aliada para acelerar este proceso. 

En Wecon trabajamos para atender las necesidades de todos nuestros clientes; por ello, trabajamos para adaptar nuestras soluciones a la evolución de la factura electrónica 4.0. Con nuevas capacidades automatizadas de registro de la información en versiones previas de CFDI. Así, seguimos impulsando no solo la inteligencia comercial de los negocios, sino también, su modernidad y capacidad de atender los requerimientos fiscales. Eso es hacer la diferencia. 

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